-
Datos
de
carácter
personal:
Cualquier
información
concerniente
a
personas
físicas
identificadas
o
identificables.
-
Fichero:
Todo
conjunto
organizado
de
datos
de
carácter
personal,
cualquiera
que
fuere
la
forma
o
modalidad
de
su
creación,
almacenamiento,
organización
y
acceso.
-
Tratamiento
de
datos:
Operaciones
y
procedimientos
técnicos
de
carácter
automatizado
o
no,
que
permitan
la
recogida,
grabación,
conservación,
elaboración,
modificación,
bloqueo
y
cancelación,
así
como
las
cesiones
de
datos
que
resulten
de
comunicaciones,
consultas,
interconexiones
y
transferencias.
-
Responsable
del
fichero
o
tratamiento:
Persona
física
o
jurídica,
de
naturaleza
pública
o
privada,
u
órgano
administrativo,
que
decida
sobre
la
finalidad,
contenido
y
uso
del
tratamiento.
-
Encargado
del
tratamiento:
La
persona
física
o
jurídica,
autoridad
pública,
servicio
o
cualquier
otro
organismo
que,
solo
o
conjuntamente
con
otros,
trate
datos
personales
por
cuenta
del
responsable
del
tratamiento.
-
Declarante:
Persona
física
que
cumplimenta
la
solicitud
de
inscripción
y
actúa
como
mediador
entre
la
Agencia
y
el
titular/responsable
del
fichero.
No
debe
necesariamente
coincidir
con
el
titular/responsable.
-
Afectado
o
interesado:
Persona
física
titular
de
los
datos
que
sean
objeto
del
tratamiento.
-
Procedimiento
de
disociación:
Todo
tratamiento
de
datos
personales
de
modo
que
la
información
que
se
obtenga
no
pueda
asociarse
a
persona
identificada
o
identificable.
-
Bloqueo
de
datos:
La
identificación
y
reserva
de
los
datos
de
carácter
personal
con
el
fin
de
impedir
su
tratamiento.
-
Consentimiento
del
interesado:
Toda
manifestación
de
voluntad,
libre,
inequívoca,
específica
e
informada,
mediante
la
que
el
interesado
consienta
el
tratamiento
de
datos
personales
que
le
conciernen.
-
Comunicación
o
cesión
de
datos:
Toda
revelación
de
datos
realizada
a
una
persona
distinta
del
interesado.
-
Fuentes
accesibles
al
público:
Aquellos
ficheros
cuya
consulta
puede
ser
realizada
por
cualquier
persona,
no
impedida
por
una
norma
limitativa,
o
sin
más
exigencia
que,
en
su
caso,
el
abono
de
una
contraprestación.
Tienen
la
consideración
de
fuentes
de
acceso
público,
exclusivamente,
el
censo
promocional,
los
repertorios
telefónicos
en
los
términos
previstos
por
su
normativa
específica
y
las
listas
de
personas
pertenecientes
a
grupos
de
profesionales
que
contengan
únicamente
los
datos
de
nombre,
título,
profesión,
actividad,
grado
académico,
dirección
e
indicación
de
su
pertenencia
al
grupo.
Asimismo,
tienen
el
carácter
de
fuentes
de
acceso
público,
los
Diarios
y
Boletines
oficiales
y
los
medios
de
comunicación.
-
Persona
identificable:
Toda
persona
cuya
identidad
pueda
determinarse,
directa
o
indirectamente,
mediante
cualquier
información
referida
a
su
identidad
física,
fisiológica,
psíquica,
económica,
cultural
o
social.
Una
persona
física
no
se
considerará
identificable
si
dicha
identificación
requiere
plazos
o
actividades
desproporcionados.
-
Identificación
del
afectado:
Cualquier
elemento
que
permita
determinar
directa
o
indirectamente
la
identidad
física,
fisiológica,
psíquica,
económica,
cultural
o
social
de
la
persona
afectada.
-
Transferencia
de
datos:
El
transporte
de
los
datos
entre
sistemas
informáticos
por
cualquier
medio
de
transmisión,
así
como
el
transporte
de
soportes
de
datos
por
correo
o
por
cualquier
otro
medio
convencional.
-
Transferencia
internacional
de
datos:
Tratamiento
de
datos
que
supone
una
transmisión
de
los
mismos
fuera
del
territorio
del
Espacio
Económico
Europeo,
bien
constituya
una
cesión
o
comunicación
de
datos,
bien
tenga
por
objeto
la
realización
de
un
tratamiento
de
datos
por
cuenta
del
responsable
del
fichero
establecido
en
territorio
español.
-
Dato
disociado:
Aquél
que
no
permite
la
identificación
de
un
afectado
o
interesado.
-
Datos
de
carácter
personal
relacionados
con
la
salud:
Las
informaciones
concernientes
a
la
salud
pasada,
presente
y
futura,
física
o
mental,
de
un
individuo.
En
particular,
se
consideran
datos
relacionados
con
la
salud
de
las
personas
los
referidos
a
su
porcentaje
de
discapacidad
y
a
su
información
genética.
-
Destinatario
o
cesionario:
La
persona
física
o
jurídica,
pública
o
privada
u
órgano
administrativo,
al
que
se
revelen
los
datos.
-
Exportador
de
datos
personales:
La
persona
física
o
jurídica,
pública
o
privada,
u
órgano
administrativo
situado
en
territorio
español
y
responsable
del
tratamiento
de
los
datos
de
carácter
personal
que
son
objeto
de
transferencia
internacional
a
un
país
tercero.
-
Importador
de
datos
personales:
La
persona
física
o
jurídica,
pública
o
privada,
u
órgano
administrativo
receptor
de
los
datos
en
caso
de
transferencia
internacional
de
los
mismos
a
un
tercer
país,
ya
sea
responsable
del
tratamiento,
encargada
del
tratamiento
o
tercero.
Informacion
facilitada
por
AEPD